Reivindicando la acción positiva.



De los 16 años transcurridos desde el caso Kalanke (1995), que generó un debate abierto en el seno de la UE y creó acervo comunitario, hasta la actualidad, pareciese que no hubiésemos avanzado mucho; es más, hay que plantearse si es que no hemos retrocedido.
El señor Kalanke impugnó la norma por la cual no consiguió la plaza de jefe de jardines de la ciudad de Bremen porque se aplicó la normativa de acción afirmativa, que dice: “Ante la concurrencia de dos candidatos de igual aptitud y competencia se escogerá a aquel que se encuentre infrarrepresentado en el organismo donde se realiza la promoción”.
El principio que rige la norma es la infrarrepresentación de las mujeres en relación con los hombres en los organismos donde se realiza la promoción; es decir, la promoción está ineludiblemente ligada a la igualad de aptitud, competencia y prestaciones profesionales.
La existencia de un criterio automático que atribuya la prevalencia siempre a las mujeres es una característica típica de entender los derechos de forma absoluta, comprensión que, a mi entender, denotaría dificultades internas de gran calado en la aplicación de un Estado social y democrático de derecho.
Sin embargo, esto no es lo característico de las medidas de acción afirmativa, que requieren siempre de: contextualización, comparación relativa, temporalidad y proporcionalidad.
Las políticas de igualdad de oportunidades no son un truco para que mujeres sin preparación desarrollen puestos para los que no poseen la competencia adecuada, sino la forma de equilibrar una realidad social que mantiene y perpetúa una discriminación cuya naturaleza no tiene nada que ver con la competencia y las aptitudes profesionales, sino con restos de ostracismo y segregación que impiden a las mujeres profesionales su desarrollo económico en equidad con un varón de su entorno.
Las medidas de acción afirmativa o también llamadas inversas no implican un criterio de preferencia automático para las mujeres, sino que incorporan una cláusula de apertura donde preferencian al candidato que se encuentra, socialmente hablando, peor situado que si en cambio demuestra su competencia de forma fehaciente.
Desde los años noventa nuestro país ha ido incorporando paulatinamente medidas de acción afirmativa que han ido siempre correlativas, salvo en el caso de las cuotas, a los mayores niveles educativos de las mujeres.
Por ello es necesario esclarecer que las posiciones tomadas por las mujeres en los últimos años no son solo el producto de la aplicación de una norma, que al tun-tun coloca a mujeres incapaces al frente de negociados, redacciones o direcciones de compañías, sino que, muy al contrario, son mujeres altamente cualificadas que llevan años trabajando para lograr un desarrollo económico y social en equidad, que un Estado social y democrático de derecho debe asegurar.
El marketing político de las cuotas o de las acciones de discriminación positivas tendremos oportunidad de tratarlo en próximas ocasiones, en especial en la inminente campaña electoral.

Nuria Roldán-Arrazola

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