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Mostrando entradas de marzo 6, 2011

¡ QUÉ VIVAN LAS MUJERES !

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CAPACIDAD DE NOMBRAR

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Aquel que nombra otorga la identidad. Recordemos aquella canción de Bob Dylan que marcó su conversión al cristianismo: Man gave names to all the animals … (el hombre puso nombre a todos los animales). ¿Quién tiene la capacidad de nombrar? Parece obvio responder que son los padres los que nombran, pero para que ese nombre sea tenido en consideración, sea válido social y políticamente, debe ser refrendado por una institución, en nuestro caso por el Estado. Cuando nacemos transcurren unas horas en las cuales carecemos de nombre; es decir, se nos nombra por el nombre de de la mujer que nos ha parido. Para poder inscribir a un recién nacido en el Registro Civil se exige haber estado 24 horas viviendo fuera del vientre materno, lo que sería lo mismo que decir que no tenemos nombre, que no existimos. Entre las 24 horas y las 72, nuestro Código Civil no exige registrar al recién nacido en el Registro. Por ello, las grandes maternidades poseen un registro para facilitar el otorgamiento de
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